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Pablo y el Shabat

¿Enseñó Pablo a sus conversos que no tenían la obligación de observar el séptimo día como día de reposo? Históricamente, la mayoría de los cristianos han sostenido y siguen sosteniendo este punto de vista. En general, han creído que Pablo enseñó la terminación en la Cruz de la ley del Antiguo Testamento en general y de la observancia del Shabat en particular.

Es notorio que Pablo rechaza la ley como método u medio de salvación a lo largo de sus cartas, pero la defiende como norma moral de conducta cristiana. En este capítulo consideraremos la visión de Pablo sobre el Shabat en particular. Nos esforzaremos por establecer si Pablo defendió la derogación o la permanencia del principio y la práctica de la observancia del Shabat.

¿Era legalista el Pacto de Moisés?

El **pacto mosaico** no era legalista, ya que no se basaba en que Israel mereciera la salvación por su obediencia. Por el contrario, el pacto se fundamenta en la **gracia de Dios**, quien rescató a Israel de Egipto sin que ellos lo merecieran.

Según Deuteronomio 9:4-5, Dios eligió a Israel no por su justicia, sino por su amor soberano y fidelidad a sus promesas a Abraham, Isaac y Jacob (Deut. 7:6-8).

La **ley** y los Diez Mandamientos fueron dados como una respuesta al rescate divino, no como un medio para establecer la relación con Dios. El pacto sigue el modelo de un tratado entre soberano y vasallo, donde Dios es el soberano que libera y provee, y su pueblo responde con obediencia agradecida.

Este patrón —redención seguida de obediencia— es un tipo que apunta al **nuevo pacto** en Cristo, donde los creyentes, redimidos por su obra, responden con fe y obediencia agradecida. Así, ni el pacto mosaico ni el nuevo pacto son legalistas, ya que ambos se basan en la gracia y no en méritos humanos para la salvación. Sin embargo, aunque comparten este principio, hay diferencias significativas entre ambos pactos.

El perdón

El perdón es uno de los principios básicos de la fe cristiana, pero en realidad, su relevancia trasciende las fronteras religiosas. Independientemente de si somos cristianos o no, el perdón nos enriquece y nos humaniza.

Perdonar y reconciliarnos con nuestro ofensor requiere un esfuerzo que muchas veces preferimos evitar, pretendiendo que no sucedió nada. El problema es que el daño no desaparece y es probable que se convierta en la raíz de nuevos conflictos.

El reconocido teólogo C. S. Lewis una vez escribió:

“Todo el mundo dice que el perdón es una idea hermosa, hasta que tienen algo que perdonar”.

¡Y que cierto es!, el perdón es un acto me atrevería llamarlo divino o sobre humano, es un atributo loable que desciende del mismo trono de Dios, porque cuando perdonamos nos estamos pareciendo al mismo Dios quien nos perdona en Cristo, y como diria el Pst. MacArthur si usted quiere ver a un hombre en su mejor condición, él está en su mejor condición, en su capacidad de perdonar1.

Ahora, dejar los conflictos sin resolución por la falta de perdón está muy lejos de la naturaleza del evangelio y de la ética que deriva de su mensaje. Por eso deseo que, informados por la Palabra de Dios, podamos estar convencidos de que postergar el perdón ante una ofensa recibida es contrario a la voluntad de Dios.

Gracia Común

En conexión con las operaciones generales del Espíritu Santo, el tema de la gracia requiere también nuestra atención. Debe entenderse, sin embargo, que la teología reformada no se refiere, como la teología arminiana, a la doctrina de la gracia común como parte de la soteriología. Al mismo tiempo reconoce una estrecha conexión entre las operaciones del Espíritu Santo en la esfera de la creación y en la de la redención, y por ello siente que ellas no debieran estar totalmente disociadas.